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El Ministerio de Medio Ambiente en colaboración con las
Comunidades Autónomas y, en su caso, con otras
Administraciones Públicas, será el encargado del
seguimiento y cumplimiento de los objetivos del Plan
Nacional de Residuos Urbanos El Plan será revisado cada dos
años a partir de su entrada en vigor. Entre otros
objetivos, las futuras revisiones servirán para incorporar
las modificaciones que se deriven de la aprobación de la
nueva normativa comunitaria y nacional, que se vaya
promulgando a lo largo del periodo de vigencia del Plan,
así como actualizar los objetivos ecológicos e
instrumentos para su logro de acuerdo con la experiencia y
resultados prácticos que se vayan adquiriendo.
Madrid,
5 de enero de 2000.
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